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¿Compró un inmueble y no lo ha registrado?

El proceso de registro de inmueble debe adelantarse tras realizar la compra del mismo. No realizar dicho registro a tiempo, puede denerarle inconvenientes a futuro, como cobro de intereses y otras dificultades.

  1. Para hacerlo, tiene un plazo de 60 días después de su compra.

2. Puntos de atención:

  • Mezzanine de la Gobernación del Meta.
  • Celular: 312 457 8881
  • Correo: vur@meta.gov.co

También puede consultar sobre este impuesto en la página web www.meta.gov.co.

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