SUSCRIBETE

Decreto prohíbe nuevamente el consumo de alcohol en establecimientos

 

Mediante decreto se prohíbe de nuevo el consumo de alcohol en establecimientos nocturnos y aglomeraciones en lugares públicos y privados en Colombia.

 

Las discotecas, lugares de baile o establecimientos de comercio donde se consuman bebidas embriagantes tendrán que volver a cerrar sus puertas en todo el territorio nacional.

Así lo ordena el decreto 1550, expedido el pasado 28 de noviembre por el Gobierno Nacional, en el cual además se prohíben los eventos que impliquen aglomeración de personas, sean estatales o particulares.

No obstante, el acto administrativo advierte algunas excepciones, que deberán contar con el visto bueno de las autoridades locales.

Los alcaldes de los municipios y distritos podrán solicitar al Ministerio de Interior autorización para la implementación de planes piloto (en restaurantes o bares) para la realización de ferias empresariales, ferias ganaderas y eventos, siempre y cuando se cumpla en todo momento con los protocolos de bioseguridad y las normas sobre aglomeraciones emitidas por el Ministerio de Salud y Protección Social, para el desarrollo de estas actividades. La autorización que imparta el Ministerio del Interior requerirá previo concepto favorable del Ministerio de Salud y Protección Social”, señala uno de los apartes del decreto.

Al cierre de esta publicación ni el gobernador del Meta, ni el alcalde de Villavicencio, se habían referido al tema, que dejará de nuevo contra las cuerdas a quienes dependen económicamente de la actividad comercial vinculada al entretenimiento nocturno.

DECRETO 1550 DEL 28 DE NOVIEMBRE DE 2020