Daneidy Barrera Rojas enfrenta un escenario judicial y económico desfavorable, luego de que un juzgado rechazara la solicitud para cumplir su condena fuera de la cárcel
Epa Colombia, la reconocida empresaria e influenciadora, cuyo nombre real es Daneidy Barrera Rojas, enfrenta un panorama judicial y económico complicado mientras cumple una condena de más de cinco años en la cárcel El Buen Pastor, en Bogotá.
Su abogado, Francisco Bernate, señaló que las recientes decisiones judiciales dejaron a la creadora de contenido sin opciones claras para obtener beneficios que le permitan cumplir su pena fuera del centro penitenciario. Además, las dificultades económicas derivadas de su situación legal impactaron tanto a su empresa como a su entorno familiar.
Barrera fue capturada el 27 de enero de 2025 por agentes del CTI de la Fiscalía y la Policía Nacional, tras ser condenada por los delitos de daño agravado a propiedad ajena, alteración del transporte público colectivo e instigación a delinquir con fines terroristas.
El abogado Bernate explicó en el medio que, tras la captura, los esfuerzos legales se han centrado en buscar alternativas para que la empresaria pueda cumplir su condena en su domicilio. Sin embargo, el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas de Bogotá rechazó esta solicitud, argumentando que Barrera no cumple con los requisitos para ser considerada madre cabeza de hogar. El juzgado argumentó que no se identificaron factores de riesgo que justificaran la medida, y se concluyó que las instalaciones de El Buen Pastor cuentan con recursos suficientes, como salas de lactancia, para atender las necesidades de la hija de la ‘influencer’.
Bernate cuestionó esta decisión, señalando que no se tuvo en cuenta el contexto de la comunidad Lgbti+ al evaluar la situación familiar de la empresaria. Según el abogado, el análisis se realizó bajo parámetros aplicables a familias heterosexuales, ignorando las particularidades de las parejas homosexuales, como la que Daneidy conforma con su esposa, Karol Samantha Barbosa.
Además, el legista destacó que la ley de utilidad pública, que permite penas restaurativas mediante trabajos sociales, también fue descartada en este caso. El fallo argumentó que Daneidy no se encontraba en una situación de marginalidad al momento de los hechos, lo que, según el abogado, contradice la interpretación de la norma promovida por el presidente y el ministro de Justicia.