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MinSalud dispuso que muertos por COVID 19 solo deben ser sepultados si no hay forma de cremación. En ambos casos se debe hacer sin público.

 

Incinerar los restos mortales de las víctimas por coronavirus, es la recomendación principal realizada por las autoridades de salud para evitar en lo posible nuevos contagios.

El anuncio fue realizado por el Ministerio de Salud, la cual instó a que, en todo el país, el procedimiento para recoger el cuerpo infectado con el virus debe hacerse “en el menor tiempo posible”, con el fin de no poner en riesgo al personal médico, funerario, de policía o judicial que interviene en el procedimiento.

La inhumación en sepultura o bóveda solo se hará cuando el lugar en el territorio que murió la persona no cuente con instalaciones para la cremación.

Cuando el deceso ocurre dentro de una vivienda, se debe informar de inmediato a la autoridad sanitaria local para coordinar con la EPS e iniciar la certificación, aislamiento y entrega del servicio funerario.
Las velaciones, despedidas o ceremonias religiosas deben evitar reuniones o aglomeraciones, pues el Ministerio insiste en que la disposición del cuerpo se debe hacer a la mayor brevedad posible.

Si la muerte se produce en un hospital o IPS privada, también se debe hacer igual aislamiento, llevar el cadáver al depósito y luego hacer uso del servicio funerario.