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Motociclistas se verían afectados con reforma tributaria por el pago de peajes urbanos

 

En la Reforma Tributaria, que fue radicada está semana por el Gobierno Nacional en el Congreso de la República, reposa una propuesta de recaudo que ha resultado llamativa y ha causado controversias de opinión. Se trata de los peajes urbanos, los cuales podrán ser instalados al interior de las ciudades capitales y de los que no se salvaría los motociclistas de pagarlos.

Ante esto, el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, explicó en entrevista con Blu Radio este polémico punto y señaló que si el dueño de moto genera contaminación y no paga nada, le está generando un costo a la ciudad, a lo que destacó: “en la medida en que haya contaminación, en la medida en que esas motocicletas generen esa externalidad para toda la ciudad, la idea es que también, como debe ser, internalicen esa externalidad, es decir, la usen este vehículo de manera más racional en la medida de la contaminación”.

En entrevista con la emisora, el jefe de la cartera de Hacienda agregó que, “mientras que el resto de la ciudad sí está pagando el costo de una mayor contaminación. Si a mí me ponen a pagar por el hecho generador de la contaminación, de pronto yo modernizo mi proceso productivo, veo a ver cómo hago para mejorar mi manera de producir y, en ese sentido, pongo en mis cuentas ese costo que le genero a la ciudad”, detalló Carrasquilla.

“Deberá cobrarse a todos los usuarios de las vías de la jurisdicción, únicamente con excepción de las bicicletas, máquinas extintoras de incendios de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios, Cuerpo de Bomberos Oficiales, ambulancias pertenecientes a la Cruz Roja, Defensa Civil, Hospitales Oficiales, vehículos de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, vehículos oficiales del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -INPEC y de las demás instituciones que prestan funciones de Policía Judicial.”

Asimismo, en el siguiente párrafo se indica que el el valor de la tarifa pagar será determinado por la autoridad distrital o municipal competente. “El recaudo estará a cargo de la respectiva entidad pública de nivel territorial o del agente privado, responsables de la prestación del servicio”, dice el texto.

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