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“De lo borracho que estaba no podía ni soplar”. Afirmó testigo

Hasta altas horas de la noche le fueron practicadas las pruebas de alcoholimetría

 

A las instalaciones de la URI de la Fiscalía General de la Nación fue trasladado el conductor del vehículo tipo furgón de servicio público, que según testigos, habría sido el responsable del choque de varios vehículos y daños a las instalaciones de la sede de la Fiscalía de la Octava etapa de la Esperanza y a la glorieta de Postobón.

Hasta pasada la medianoche le fue practicada la prueba conocida como alcoholimetría al señor Luis Fernando Ruiz Chacón, quien después de varios intentos por realizarle dicha prueba, fue finalizada la diligencia por parte del operador de tránsito, que detectó que el implicado no estaba soplando como es debido.

Ver video de los daños aquí Video del conductor que causó varios daños en aparente estado de embriaguez

Por esta razón la autoridad presente en la diligencia decide aplicar la Ley 1696 del 2013 más conocida como la “Ley Merlano”, que en su artículo 5 indica que “Al conductor del vehículo automotor que pese a ser requerido por las autoridades de tránsito, con plenitud de garantías, no permita la realización de las pruebas físicas o clínicas a que se refiere la presente ley o se dé a la fuga, se le cancelará la licencia, se le impondrá multa correspondiente a mil cuatrocientos cuarenta (1.440) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv) y procederá la inmovilización del vehículo por veinte (20) días hábiles”.

En este caso se aplicaría la máxima sanción: 37 millones de pesos, suspensión de la licencia de por vida y 20 días el vehículo inmovilizado en los patios de la secretaría de Movilidad.