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La decisión le permite al Ejecutivo expedir decretos con fuerza de ley durante 30 días para evitar una mayor afectación a las finanzas públicas.

Estado de Emergencia Económica y Social ya es oficial en todo el país.

El Gobierno del presidente Gustavo Petro declaró el Estado de Emergencia Económica y Social en todo el territorio nacional mediante el Decreto 1390 del 22 de diciembre de 2025, con el objetivo de conjurar la crisis fiscal derivada, entre otros factores, del hundimiento de la Ley de Financiamiento en el Congreso de la República.

Con esta medida, el Ejecutivo busca recaudar $16,3 billones para cerrar el faltante presupuestal y garantizar el funcionamiento del Estado, en un contexto que el Gobierno calificó como grave, excepcional e inminente.

Facultades extraordinarias por 30 días.

La declaratoria de emergencia, amparada en el artículo 215 de la Constitución Política, faculta al Gobierno para expedir decretos con fuerza de ley durante 30 días calendario, con el fin exclusivo de enfrentar la crisis y evitar la extensión de sus efectos. Entre estas facultades se encuentra la posibilidad de crear nuevos tributos o modificar los existentes, así como realizar las operaciones presupuestales necesarias.

El decreto fue firmado por el presidente Petro y todos los ministros del gabinete, y en su artículo 2 autoriza al Ejecutivo a adoptar “todas las medidas necesarias destinadas exclusivamente a conjurar la crisis”.

Control político y revisión constitucional.

Según lo establecido en el artículo 4 del Decreto 1390, el Gobierno deberá convocar al Congreso de la República dentro de los diez días siguientes al vencimiento del estado de emergencia, con el fin de que se ejerza el control político sobre el uso de las facultades extraordinarias, tal como lo ordenan la Constitución y la Ley 137 de 1994. Además, el decreto declaratorio será enviado a la Corte Constitucional, que deberá realizar la revisión jurídica correspondiente para determinar su constitucionalidad.

Razones de la emergencia.

En los considerandos del decreto, el Gobierno expone una serie de factores que, de manera concurrente, han deteriorado la situación fiscal del país y afectan la capacidad del Estado para garantizar derechos fundamentales. Entre las principales razones se encuentran:

1. La obligación de cumplir un auto de la Corte Constitucional relacionado con la Unidad de Pago por Capitación (UPC) del sistema de salud.

2. El fortalecimiento de la seguridad ciudadana, ante recientes alteraciones del orden público y el aumento de riesgos por atentados contra líderes sociales, defensores de derechos humanos y candidatos electorales

3. La no aprobación de dos proyectos de Ley de Financiamiento para las vigencias fiscales de 2025 y 2026, que contemplaban recaudos por $12 billones y $16,3 billones, respectivamente.

4. Los desastres naturales ocasionados por la actual ola invernal.

5. Sentencias judiciales pendientes de pago y obligaciones legales atrasadas, como subsidios a servicios públicos de energía y combustibles.

6. El agotamiento de las alternativas de endeudamiento, en el marco de la Regla Fiscal y por efectos de medidas unilaterales adoptadas por el Gobierno de Estados Unidos.

7. Restricciones en la caja de la Tesorería General de la Nación.

Contexto fiscal y próximos anuncios.

La semana pasada, el ministro de Hacienda y Crédito Público, Germán Ávila Plazas, explicó que el país cierra el año con serias dificultades fiscales debido a que los ingresos tributarios no crecieron al ritmo esperado. A esto se sumaron el hundimiento de la Ley de Financiamiento, la entrada en vigencia de la Ley de Garantías Electorales, que limita la contratación pública, y la desfinanciación del Presupuesto General de la Nación de 2026 por $16,3 billones.

El Gobierno anunció que en los próximos días dará a conocer las primeras medidas que se adoptarán en el marco de la Emergencia Económica y Social, las cuales serán expedidas mediante decretos reglamentarios. Estas decisiones marcarán el rumbo fiscal del país en el inicio de 2026 y estarán bajo la vigilancia del Congreso y de la Corte Constitucional.