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Los precios de 26 productos serán vigilados y su abastecimiento deberá garantizarse

 

El Gobierno Nacional expidió la Resolución número 78 del 2020 en la que fijó el listado de productos de primera necesidad que son vitales durante la emergencia

 

 

Eso significa que cada 5 días el Dane tendrá que hacerle un seguimiento a los ítems incluidos allí para garantizar que no excedan precios razonables de venta para los ciudadanos, así como de los insumos requeridos para su elaboración.

Además, los ministerios de Salud, Comercio, Agricultura e Industria y Turismo deberán garantizar su abastecimiento, al tiempo que la Superintendecia de Insutria y Comercio vigilará que no haya acaparamiento de los mismos.

Dichos productos están distribuidos en 5 categorías:

Dispositivos médicos

– Tapabocas, mascarilla quirúrgica convencional
– Tapabocas, mascarilla quirúrgica de alta eficiencia N95
– Guantes para examen, no estériles

Cosméticos

– Solución o gel desinfectante a base de alcohol

Medicamentos

– Analgésicos: Acetaminofén, Ibuprofeno, Naproxeno
– Antibióticos: Azitromicina, Amoxicilina
– Antimalárico: Cloroquina, Hidroxicloroquina
– Antiviral: Lopinavir/Ritonavoir
– IR-antiparasitario: Ivermectina

Alimentos y bebidas no alcohólicas

– Arroz para seco
– Leche larga vida
– Azúcar refinada
– Queso campesino
– Aceite de girasol
– Arveja verde
– Cebolla cabezona
– Cebolla en rama
– Papa negra
– Papa criolla
– Huevo
– Naranja

Artículos de aseo personal, mantenimiento o limpieza

– Jabon de tocador en barra.

El documento aclara que el listado podrá ser actualizado “de acuerdo a las necesidades que se identifiquen en el mercado y las derivadas del consumo nacional”.

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