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Minsalud confirma sanción de 5 años a médico general por realizar cirugías estéticas en Villavicencio.

El Ministerio de Salud y Protección Social ratificó la suspensión del ejercicio profesional al médico Wilmer Javier Vaca Cruz tras el deceso de la paciente Lorena del Mar Arias Melo en el 2022. En el mismo fallo se mantuvo la sanción al anestesiólogo del procedimiento.

 

Mediante la Resolución 001316 del 7 de julio de 2026, la Dirección de Desarrollo del Talento Humano en Salud del Ministerio de Salud y Protección Social confirmó la sanción disciplinaria de suspensión de cinco (5) años en el ejercicio de la medicina al médico Wilmer Javier Vaca Cruz. La medida ratifica lo decidido previamente por el Tribunal Nacional de Ética Médica tras determinarse que incurrió en faltas graves a la ética médica.

Los hechos se remontan al 12 de agosto de 2022, cuando la joven Lorena del Mar Arias Melo, de 30 años de edad, ingresó a las instalaciones de la Clínica Santa Ana Aesthetic & Fitness Center, ubicada en el barrio La Carolina de Villavicencio, para someterse a tres procedimientos estéticos simultáneos: mamoplastia de aumento, lipoescultura y moldeamiento de glúteos.

Horas después de la intervención quirúrgica, la paciente sufrió un paro cardiorrespiratorio y debió ser trasladada al Hospital Departamental del Meta, donde fue ingresada a la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) en coma inducido. Trágicamente, seis días después, el 18 de agosto de 2022, la paciente falleció a causa de un tromboembolismo pulmonar masivo.

Tras la denuncia instaurada por la madre de la víctima, y las investigaciones adelantadas por las autoridades correspondientes, la Secretaría de Salud del Meta y el Tribunal de Ética Médica evidenciaron graves irregularidades en la atención brindada por el médico Vaca Cruz:

  • Ausencia de título de especialización: Se probó que el médico actuaba en el campo de la cirugía plástica, reconstructiva y estética siendo médico general, sin contar con la formación académica especializada exigida para afrontar procedimientos de alta complejidad ni sus posibles complicaciones.
  • Exposición a riesgos injustificados: El Ministerio ratificó que realizar este tipo de intervenciones sin la cualificación requerida constituye un actuar imprudente e imperito, catalogado bajo la modalidad de culpa grave.
  • Reincidencia y antecedentes: Dentro del proceso se constató que el profesional ya registraba en el RETHUS tres sanciones previas de suspensión provisional e inhabilitación en el ejercicio de la profesión dictadas en años anteriores.
  • Fallas en la historia clínica: Tampoco se evidenciaron registros sobre la evolución ni el manejo de las complicaciones inmediatas de la paciente.

El Ministerio rechazó los argumentos de la defensa de Vaca Cruz, la cual alegaba que contar con más de 15 años de experiencia empírica y cirugías realizadas suplía la titulación. Al respecto, la entidad enfatizó que la experiencia práctica no reemplaza la preparación académica formal cuando están de por medio la vida y la salud pública.

En la misma providencia, el Ministerio de Salud resolvió mantener la sanción de seis (6) meses de suspensión en el ejercicio profesional impuesta al médico anestesiólogo Luis Hernando Munar Vivas.

Al profesional se le atribuyeron faltas éticas relacionadas con las condiciones de seguimiento y egreso de la paciente de la unidad de recuperación postoperatoria, así como omisiones en el diligenciamiento de los registros obligatorios de control clínico antes de abandonar la clínica.